Es una instancia de nuestra organización, establecida en nuestros Estatutos Sindicales (artículo 47- 52), compuesta por cinco integrantes, elegidos por mayoría absoluta de los socios presentes en una Asamblea Extraordinaria, quienes permanecerán en el cargo por dos años, pudiendo ser reelegidos indefinidamente.
Las funciones y atribuciones a cargo del Comité de Ética y Disciplina son las siguientes:
– Llevar a cabo los actos procesales que correspondan al procedimiento disciplinario en primera instancia, de manera oportuna y conforme a lo dispuesto en el presente Estatuto
– Realizar la investigación de los hechos denunciados, pudiendo citar, entrevistar, pedir antecedentes, conocer documentos, solicitar declaraciones por oficio y cualquier diligencia que tenga por objeto el esclarecimiento de los hechos.
Para ser miembro del Comité de Ética y Disciplina, se requiere una antigüedad de cinco años como socio del sindicato.